Friday 02 de June del 2023

La Diputación Foral de Álava aprueba nuevas medidas de apoyo al tejido empresarial alavés más perjudicado por la pandemia del COVID-19

Actualizada marzo 23rd, 2021 a las 16:54
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El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal (DNUF) que incluye una batería de medidas de apoyo a los sectores más perjudicados por la crisis económica generada por la pandemia del COVID-19, dirigidas especialmente a las y los autónomos y a las pequeñas empresas. Con este Decreto las autónomas y autónomos no estarán obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Álava los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre del presente ejercicio; tal y como ocurrió durante los cuatro trimestres de 2020.

El Decreto, que fue acordado recientemente por las Haciendas Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, incluye la introducción de nuevos incentivos fiscales para los y las arrendadoras que rebajen la renta de alquiler a negocios que se han visto especialmente perjudicados por la crisis del COVID-19, como pueden ser la hostelería y el pequeño comercio alavés. Los propietarios de locales de negocio y pabellones que quieran acogerse a estos incentivos deberán cumplir dos requisitos: primero, la rebaja del alquiler debe extenderse durante al menos tres meses a lo largo de 2021, y segundo no puede existir ningún tipo de compensación o recuperación de la renta de alquiler en un momento posterior.

En el caso del IRPF la cuantía de la rebaja de alquiler se considerará como gasto deducible. No obstante, en el caso de que el arrendamiento constituya un rendimiento del capital para el arrendador, la parte de gasto que no resulte deducible por no tener ingresos suficientes, dará derecho a una deducción en la cuota íntegra del 15%. En caso de que tampoco se cuente con cuota suficiente para poder beneficiarse de la deducción, la misma podrá aplicarse en el IRPF del año siguiente. En el caso del Impuesto de Sociedades, los y las arrendadoras también considerarán gasto deducible la cuantía de la rebaja del alquiler a quienes desarrollen actividades económicas que se hayan visto afectadas de forma sustancial con motivo de la COVID-19.

Igualmente, el Decreto incluye nuevas deducciones para ayudar a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas por la pandemia, como es el caso de la introducción de una nueva deducción del 10% para aquellas inversiones que se realicen durante el año 2021, y cuya base de deducción podrá llegar a 5.000 €. Para poder acogerse a esta deducción es necesario que la actividad haya quedado suspendida como consecuencia de las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias en el marco del plan de protección civil de Euskadi para evitar la propagación del virus, o que hayan visto sustancialmente reducida su actividad y hayan soportado una disminución importante en el ejercicio de su actividad económica.

La finalidad de las inversiones será la de utilización de canales alternativos para la comercialización de bienes o prestación de servicios, la adecuación de las instalaciones para garantizar las medidas adecuadas de prevención, y las de renovación o adecuación de las instalaciones o de los medios de prestación de los servicios de forma presencial o a distancia. El Decreto aprobado hoy habilita a las Entidades Locales para que durante el año 2021 puedan aprobar bonificaciones extraordinarias sobre la cuantía de las tasas municipales a los afectados por las consecuencias de la pandemia. Además de estas medidas de apoyo a los sectores económicos alaveses más afectados por la crisis, se ha revisado el régimen aplicable a las Agrupaciones de Interés Económico, AIEs, y se ha modificado el coeficiente de imputación de gastos financieros, de bases imponibles negativas y de deducciones de cuota para las socias y socios de las AIEs.

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