Álava ya cuenta con el Estatuto Básico de centros para personas con enfermedad mental integrados en la red foral
El Consejo de Gobierno Foral ha aprobado el Estatuto Básico de centros para personas con enfermedad mental integrados en la red foral de Álava, que establece los principios de actuación, los derechos y obligaciones de las personas usuarias y profesionales de dichos recursos, así como los cauces de participación interna, y sus normas de organización y funcionamiento.
Dicho estatuto se aplicará, como marco común básico, en los centros residenciales, de día y ocupacionales para personas con enfermedad mental, tanto de gestión directa foral, como en régimen de
concierto, convenio o contrato con entidades privadas. Actualmente la red foral de centros para personas
con enfermedad mental cuenta con 216 plazas destinadas a este colectivo.
Los centros contarán por primera vez con un documento escrito y de carácter oficial que garantiza un marco común básico al conjunto de los centros dirigidos a personas con enfermedad mental.
El Estatuto Básico se configura como el documento base para que en los próximos meses cada recurso cuente con un Reglamento de Régimen Interior, en el que se plasmarán los principios de actuación y de organización de los centros.
Entre tales principios, destacan, entre otros:
• La organización y prestación de la atención en torno al respeto, la promoción y la defensa de los derechos de las personas usuarias.
• La adaptación del entorno y de la organización a las formas de vida habituales en la comunidad.
• La atención personalizada e integral desde un enfoque de Planificación Centrada en la Persona y las Relaciones.
• La aplicación de los modelos de Calidad de Vida y de Apoyos.
• La integración del principio de transversalidad de género, en todas las intervenciones, programas y actuaciones.
• La promoción de la autonomía personal y orientación hacia la vida independiente.
El texto plasma los principios de la reciente Ley 8/2021, de 2 de junio, que garantiza que el colectivo de personas con enfermedad mental podrá actuar con la ayuda de personas que les presten apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en la toma de decisiones.
Este estatuto es el fruto de un trabajo realizado por un equipo multidisciplinar, formado por profesionales del Área de Intervención Social del Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), entidades del Tercer Sector social, y otras entidades con las que el organismo foral mantiene convenios de colaboración o contratos para la gestión de centros para personas con enfermedad mental.
En concreto se trata de Asafes (Asociación Alavesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Asasam (Asociación Ayalesa de Familiares y Personas con Enfermedad Mental), Fundación Eraikibide,
Fundación Xilema, Asociación Erantsi Asociación Beti Gizartean y Entidad Grupo 5. En su elaboración,
se ha contado también con la colaboración del SIIS (Servicio de Información e Investigación Social) y
el apoyo técnico de la Secretaría de Servicios Sociales.