Saturday 27 de July del 2024

El TSJPV confirma la polémica sentencia que obliga al ayuntamiento de Laudio a readmitir a una interina sin el perfil de euskera exigido

Actualizada diciembre 15th, 2023 a las 19:13
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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso que había interpuesto el ayuntamiento de Laudio contra la sentencia Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Gasteiz que en febrero de 2022 obligó al consistorio a readmitir a una trabajadora interina que no logró alcanzar el nivel de euskera exigido para su puesto.

EL TSJPV ratifica la sentencia que resultó polémica cuando se hizo pública puesto que la jueza del tribunal alavés justificó su decisión apelando a la dificultad del euskera ha informado el diario Noticias de Álava.

El consistorio en su recurso alegaba que la trabajadora era interina y que no tenía un puesto fijo por lo que en su caso no se debería aplicar la exoneración del perfil lingüístico a partir de los 45 años. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no es de la misma opinión, y estima que la exoneración se debe aplicar también al personal interino y temporal.

«El hecho de que se mencione expresamente a los funcionarios titulares no significa que los temporales se encuentren excluidos», añade la sentencia del alto tribunal vasco, dado que son «titulares de los mismos derechos que los funcionarios de carrera» para un supuesto como el de esta trabajadora, y desestima el recurso del consistorio.

Pero lo más polémico de la sentencia fue el otro argumento al que apeló la magistrada del tribunal gasteiztarra para justificar su sentencia asegurando que  «la lengua vasca es el quinto idioma más difícil del mundo».

Además, destacó la voluntad de la trabajadora que invirtió 1.295 horas en estudiar euskera aunque solo logró el PL1, para apelar después a la dificultad del idioma.

 «La Administración parece olvidar que el euskera ocupa la quinta posición de los idiomas más difíciles del mundo (en algunas listas aparece incluso el primero)», destaca el fallo, que recuerda que «la principal dificultad de esta lengua es que no comparte ninguna conexión con ningún otro idioma ya que ha evolucionado a lo largo del tiempo de forma aislada», apuntaba la magistrada en su sentencia de 2022.

 Por su parte, el ayuntamiento argumentaba que cuando fue contratada la propia trabajadora firmó la posibilidad de ser cesada si no cumplía los requisitos de euskera, como finalmente sucedió.

La demandante trabajó como funcionaria interina desde 2014 hasta 2020 y fue cesada el 6 de octubre de ese año ya que no tenía el perfil 3 sino que logró acreditar únicamente el PL1.

Por lo tanto ahora , el Ayuntamiento deberá analizar, en primer lugar, si el puesto original ya existe. Si pudiera adaptarse, volvería al Ayuntamiento. Si no fuera así, el Ayuntamiento tendría que indemnizarle.Otra opción es interponer un nuevo recurso y para ello la entidad local dispone de un mes

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