Tuesday 15 de October del 2024

Orduña celebrará su IX Feria Ecológica el día 20 de abril

Actualizada marzo 5th, 2024 a las 12:20
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El 20 de abril la ciudad de Orduña celebrará su IX Feria Ecológica, con alimentos de kilómetro 0, productos ecológicos y artesanía. Habrá también taller de cocina, música y animación.

La cita tendrá lugar de 10h a 14h, en la Foru plaza.

Cómo solicitar la participación en la Feria Ecológica

¿Qué es, en qué consiste?

El objeto del trámite es la solicitud de participación en Ferias o mercados ocasionales de Orduña.

¿Quién lo puede solicitar?

Ser persona física, empresa y/o institución sin ánimo de lucro y cumplir con los requisitos legales para el desarrollo de su actividad.

Decreto aprobación de las bases de la Feria Ecologica 2024.pdf: https://www.urduna.com/es-es/Tramites/Documents/ANEXOS/Decreto%20aprobacion%20de%20las%20bases%20de%20la%20%20Feria%20Ecologica%202024.pdf

Eskaera orria-Hoja de solicitud_form.pdf: https://www.urduna.com/es-es/Tramites/Documents/ANEXOS/Eskaera%20orria-Hoja%20de%20solicitud_form.pdf

¿Cuándo se solicita?

El plazo de presentación de solicitud y documentación estará abierto hasta las 14:00 horas del martes 14 de marzo de 2024.

Modelo de solicitud: https://www.urduna.com/es-es/Tramites/Documents/ANEXOS/Eskaera%20orria-Hoja%20de%20solicitud_form.pdf

¿Dónde se tramita?

Presencialmente: En la Oficina de Atención Ciudadana de Orduña sita en la Kale Zaharra nº 2-4. Horario de atención al público durante todo el año: de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

Por teléfono: Teléfono: 945 38 30 03 (solamente para dar información)

Por e-mail: bulegoak@urduna.com (solamente para dar información)

Telemáticamente: En el Registro electrónico de entrada ubicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Orduña: http://www.urduna.com. Horario: las 24 horas del día, los 365 días del año.

Por correo postal: dirigido a la siguiente dirección: Kale Zaharra nº 2-4, CP 48460, Orduña.

Nota: Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo los sujetos establecidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015.

Documentación a aportar

Ver bases reguladoras de la convocatoria.

¿Quién lo aprueba?

Alcaldía.

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