Monday 09 de December del 2024

La Hacienda Foral destinará más de 4,6 millones de euros en la digitalización tributaria para lograr un sistema “más sostenible y eficiente”

Actualizada noviembre 28th, 2024 a las 07:36
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El departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos destinará más de 4,6 millones de euros en la digitalización tributaria para lograr un sistema “más sostenible y eficiente” según ha explicado la diputada foral, Itziar Gonzalo, en Juntas Generales. En su comparecencia ha dado cuanta también del proyecto de medidas tributarias para 2025 entre las que destaca el mantenimiento de la minoración de 200 euros en IRPF para rentas bajas.

Para llevar a cabo las actuaciones proyectadas el próximo año el departamento va a  contar con un presupuesto que asciende a 16,27 millones “de éstos un 43% están dedicados a avanzar en la modernización en el tratamiento y gestión de datos. Consolidando la información de manera que sea posible obtener una visión única y total  de todos los tributos de un mismo contribuyente” ha explicado.

En su intervención Itziar Gonzalo ha destacado como objetivos prioritarios del departamento “la digitalización de los procedimientos, facilitar al contribuyente la presentación de las declaraciones, combatir el fraude fiscal y una gestión financiera sostenible a medio y largo plazo”.

En este sentido ha mencionado la partida económica destinada a la adaptación a los cambios normativos y tecnológicos, así como a la introducción de mejoras en los programas  de gestión de impuestos (1,2 millones) o la dirigida al fortalecimiento de sistema ticketBAI (0,5 millones) de manera que pueda ser la Hacienda Foral quien facilite al contribuyente la presentación de las declaraciones de los impuestos de acuerdo a los datos de los que dispone.

El mantenimiento y mejora de otros programas tendrá una dotación económica de 400.000 euros de los cuales la mayor parte van dirigidos al programa Bilduz, el censo unificado de contribuyentes.

El departamento destinará recursos en herramientas de inteligencia artificial y el estudio de patrones de comportamiento de las figuras impositivas para reforzar las acciones de lucha contra el fraude “orientadas al procesamiento y análisis de datos”.

Al catastro de bienes inmuebles del Territorio Histórico de Álava irán reservados 2 millones de euros.

Medidas tributarias

Las modificaciones más sustanciales que aborda la norma foral de medidas tributarias afectan al IRPF y al impuesto de sociedades. La minoración de los 200 euros en el IRPF para rentas bajas es una de las medidas más destacadas. La propuesta contempla que las ayudas percibidas por las personas afectadas por la talidomida estén exentas de tributación.

También, queda exenta la percepción de ayudas procedente del Fondo Europeo de  Garantía, FEAGA, así como las ayudas comunitarias del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER.

Otras modificaciones relevantes en el IRPF es el mantenimiento de los forfaits incrementados para el año 2024 con un límite del 70% para actividades elaboradoras del vino, agrícolas, ganaderas o pesqueras y transporte. Para  el resto de las actividades que desarrollan las personas autónomas el fortait se sitúa en el 15%.

Con vigencia exclusiva para 2024, se permite que las aportaciones a los planes de pensiones sectoriales o a planes de empleo simplificado y las aportaciones a las Entidades de Previsión Social Voluntaria de empleo preferente, realizadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que se adhieran a dichos planes por razón de su actividad, se computen dentro del límite previsto para las contribuciones empresariales.

En el Impuesto sobre sociedades se mantiene en 2024 el incremento del gasto deducible en el 15 %, debido a su reducida dimensión, para las microempresas.

Asimismo, se han eliminado los límites cuantitativos de la deducción tanto para el contribuyente que financia como para el que desarrolla el proyecto de investigación y desarrollo o innovación tecnológica.

Por otro lado, en el ámbito de los incentivos culturales se han llevado a cabo diferentes modificaciones posibilitando, también, la financiación de las actividades de edición de libros. Se permite, asimismo, que las deducciones relativas al financiador de obras audiovisuales, espectáculos en vivo o edición de libros puedan alcanzar hasta el 50% de la cuota líquida.

Como novedad, en la financiación de actividades de investigación y desarrollo o innovación tecnológica y en la financiación de obras audiovisuales, espectáculos en vivo y edición de libros, se regula la financiación cuando la persona financiadora y la financiada no estén sujetos a la misma normativa fiscal.

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