El PSE de Laudio pide que se amplíe el plazo de alegaciones al PGOU

NOTA DEL PSE
Dña. Loli Muriel Aroca, Portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Llodio EXPONE:
Que el Ayuntamiento de Llodio se encuentra en proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio, habiéndose presentado el documento de avance del mencionado instrumento de ordenación urbanística.
En este sentido, dispone el artículo 87 de la Ley Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, en relación a los avances de planeamiento urbanístico, que:
1. Las administraciones públicas competentes para formular los planes generales deberán elaborar avances que definan los criterios, objetivos, alternativas y propuestas generales de la ordenación a establecer y que sirvan de orientación para la redacción de dichos planes cuando se pretenda la primera elaboración del plan general o cuando se proyecte la revisión total o parcial de uno vigente. En supuestos de modificación la elaboración del avance será potestativa.
2. La aprobación del avance previsto en el párrafo anterior tendrá efectos administrativos internos preparatorios de la redacción del correspondiente plan urbanístico.
3. El avance incluirá el estudio de evaluación conjunta de impacto ambiental con el contenido definido reglamentariamente.
Asimismo, dispone el artículo 90 de del citado texto legal que:
“Una vez elaborado el avance, el ayuntamiento acordará su exposición al público durante el plazo mínimo de dos meses, en el que se podrán presentar sugerencias y alternativas. La exposición pública será anunciada en el boletín del territorio histórico y en el diario o diarios de mayor difusión o de mayor circulación del territorio. El avance se remitirá a los ayuntamientos colindantes para su conocimiento, y en el caso de los municipios alaveses también a las juntas administrativas de su término, para su conocimiento e informe, en relación con los aspectos básicos de la ordenación estructural propuesta”
A ese respecto, con fecha 11 de abril fue publicado en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava la apertura del plazo de exposición pública del Avance del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio por dos meses, para que este puede ser examinado por cuantas personas se consideren afectadas y formular cuantas sugerencia y alternativas estimen pertinentes.
No obstante tal y como se puede observar en la web municipal, a través del enlace https://laudioplanorokorra.eus/es, el plazo de exposición público se extiende hasta el día 20 de junio de 2025.
En este sentido existen dos plazos que tienen carácter contradictorio, esto es, el referente al publicado en el BOTHA y que se extendería hasta el 11 de junio y otro el 20 de junio, señalado en la web municipal, lo que implica que el Ayuntamiento de Llodio, con el precitado plazo ha realizado una declaración de voluntad creando expectativas en los terceros interesados.
Al respecto, y ante la contradicción de los plazos expresados, cabría traer a colación la doctrina de los actos propios, en virtud de la cual se impide que, en este caso, la administración, a través de sus propios actos, pueda contradecir los mismos.
En este sentido, la jurisprudencia se ha manifestado al respecto, ante la existencia de dos plazos distintos, y por tanto contradictorios, debiendo aplicarse el más favorable al interesado. Al respecto cabe citar la Sentencia del TSJ de Madrid (Sala Contencioso Administrativo), de 21 de octubre de 2024 (Rec. 810/2022) que señala, en síntesis, que la administración debe mantener una conducta coherente con sus actos anteriores, poniendo de relieve que si ha fijado un plazo -ya sea de forma expresa, tácita o presunta- debe respetarlo. Concluyendo que cuando la administración determina distintos plazos debe aplicarse el mas favorable al interesado.
Así, y en el caso que nos ocupa el plazo más favorable es el del 20 de junio.
En este sentido, y en relación al presente escrito relativo a la ampliación de plazos administrativos, dispone el artículo 32 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que: “La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados”
Así, teniendo la condición de interesada, y en aras a que pueda producirse un debate sosegado, habiéndose solicitado antes del vencimiento del plazo, el 20 de junio, y no perjudicándose derechos de terceros, en virtud del precepto citado, SOLICITA:
La ampliación del plazo de exposición pública por un mes más, esto es hasta el 20 de julio de 2025.
Y para que así conste a los efectos oportunos.