La Diputación Foral y los ayuntamientos concluyen la ordenación de los servicios sociales municipales de las localidades de menos de 20.000 habitantes
El Consejo de Gobierno Foral ha aprobado el convenio marco de delegación de competencias y de
encomienda de gestión de los servicios sociales de competencia municipal entre la Diputación Foral
y los ayuntamientos alaveses de menos de 20.000 habitantes. Mediante este convenio marco, se da
seguridad jurídica al procedimiento por el cual la institución foral viene asumiendo los servicios sociales
que son de difícil ejecución en los municipios del territorio histórico que, por su reducido tamaño y
población, no están dotados de las infraestructuras necesarias para la prestación de dichos servicios.
Con esta actuación, se concluye la ordenación de los servicios sociales municipales en Álava y se consigue unos servicios más fuertes en calidad y en cobertura, con independencia del lugar donde se resida.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que las diputaciones forales deben asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio de los servicios de competencia municipal, por lo que, a propuesta del Departamento de Políticas Sociales, se establece este marco de colaboración entre la Diputación Foral de Álava y los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes para el ejercicio de determinadas funciones de competencia municipal.
Salvo la capital, la totalidad de los 50 ayuntamientos restantes encomendarán la gestión a la Diputación Foral de Álava para que esta preste los siguientes servicios y prestaciones municipales: Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), Servicio de Intervención socioeducativa y psicosocial en la infancia, Servicio de apoyo a personas cuidadoras, piso de acogida a mujeres víctimas de agresión machista, Servicio de transporte adaptado en el servicio de Centro Rural de Atención Diurna – CRAD y Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS). Por su parte, se utilizará la fórmula de la delegación de competencias para los trámites de tipo administrativo, el cobro del precio público o el abono de las prestaciones económicas.















